domingo, 8 de mayo de 2011

LA MADRE CONSTITUCIÓN

 

ARTICULO 67º—La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley.

La pregunta por la forma y el grado en el cual la reforma propuesta por el gobierno a la LEY 30  afecta el campo de los derechos humanos, no tiene una respuesta a encontrarse en breviario, vademecum, guía, manual o cosa alguna por el estilo.

 

Vale la pena iniciar si no se ha hecho el examen de esa relación y generar un conocimiento para una mejor participación en este proceso de construcción política.

 

Invitación por parte del gobierno a participar ...

 

Aceptar la invitación es una opción y para esos efectos se puede tomar como punto de amarre la propuesta en mención presentada en y por el gobierno anterior y para ello resulta pertinente abrir el siguiente sitio y seguir los enlaces alli anotados:

 

 

 

Los enlaces se encuentran activos y sugiero iniciar con el audio:

http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/articles-226822_archivo_audio.mp3

Escuche las palabras de la Ministra de Educación Nacional, en la radicación del proyecto de Ley por el cual se modifica el esquema de financiación de la educación superior, definido en la ley 30 de 1992.

Fecha: 12 de abril de 2010
Lugar: Secretaría General del Senado

 

 

De abril de 2010 a abril de 2011 son muchos los pronunciamientos que desde diversos grupos de interés (estudiantes, profesores, etc.) se han hecho públicos.

¿Existen planteamientos concretos, puntuales, sobre los efectos que sobre la aplicación, defensa y fomento de la cultura de los derechos humanos pueda preverse tendrá la aprobación y puesta en vigencia de la nueva ley?

 

 

Entrevista al profesor Gonzalo Arango J. sobre la reforma a la ley 30

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Un pregunta previa es la cuestión acerca de la posibilidad de tener UN SABER, un conocimiento confiable del estado de cosas en materia de derechos humanos.

¿Es probable y ocurre una instrumentalización del tema de los derechos humanos en marcos del conflicto armado interno? ¿hay un conflicto armado interno?

 

 

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