miércoles, 5 de marzo de 2008

YO MUERDO, TU MUERDES, EL MUERDE ....






¿QUE TAN PERROS SOMOS EN ESTA GUERRRA?


Una relativamente vieja lectura un poco más acá del DIH. El texto en archivo .pdf puede bajarse de:
Para un mejor entendimiento contextualizado de lo aquí trascrito es recomendable tener presentes las imágenes y videos que los medios nos han presentado en el curso de esta semana (2 a 8 de marzo de 2008) con expresiones de los actores o protagonistas del CAI y de la emergencia del conflicto en el ambito internacional latinoamericano.

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Definir la agresión
Una fórmula precisa

Dada la confusión entre agresividad, maldad y asimismo, dominancia, desobediencia y aserción, creo que en primer lugar es necesario empezar por definir todos estos términos.

En primer lugar, la ciencia se basa sobre conceptos claros los cuales deben, ellos mismos, tener una formulación la más precisa posible.

El lector erudito en las ciencias del comportamiento, puede pasar directamente al capítulo siguiente. En cambio, el lector que no está familiarizado con estos términos deberá leer este capítulo.

Tener que dar definiciones presenta la aridez de un léxico o de un diccionario. Algunos ejemplos y explicaciones se hallarán en los capítulos siguientes.

La agresión en etología ha sido definida como una amenaza o un acto físico contra el equilibrio psíquico y físico de un individuo. Armin Heymer (1977) añade : « reduciéndose así también su libertad y potencialidad genética ». Irenaüs Eibl-Eibesfeld (1984) precisa que « todo comportamiento que tenga como resultado obligar a otro individuo a permanecer a una distancia, ya sea ésta espacial, o socialmente (jerarquía), puede definirse como comportamiento agresivo, aun en ausencia de daño físico ». Una amenaza es pues, ya una agresión. Esta definición no es satisfactoria porque incluye solamente las agresiones ofensivas. ¿Cómo definir el comportamiento de un perro que se defiende mordiendo ? El animal está tratando de conservar su propio equilibrio, y no de alterar el de otros. Por consiguiente, definiría el comportamiento de agresión como una secuencia de actos que amenazan con llevar – o llevan – a un contacto físico o psicológico dañino y/o a un perjuicio (por ejemplo, una pelea) incluso cuando falte la intención de dañar.

Es agresivo el perro que se encuentra en un estado de motivación emocional o cognitivo (intelectual) que acarrea una mayor probabilidad de producir comportamientos agresivos.

El comportamiento agonistico engloba todos los comportamientos necesarios a la resolución de un conflicto, es decir, la agresión misma, pero también las amenazas, la fuga, las actitudes de apaciguamiento y de sumisión, etc.

La agresividad es la motivación de la agresión ; esta es también la terminología corriente que designa los comportamientos agresivos.

La peligrosidad es la evaluación del peligro, del riesgo traumático (psicológico o físico) para una víctima potencial. Dicha peligrosidad puede conectarse a un ataque con mordedura, a atropellamientos, empujones y a otros comportamientos del perro. Se denomina peligroso aquel perro que ha puesto en peligro la integridad física y/o psíquica de un ser humano o, eventualmente, de otro perro.
Un perro es potencialmente peligroso cuando presenta un conjunto de características que hacen que la integridad física y/o psíquica de un individuo pueda verse en peligro debido a sus comportamientos (agresión, persecución, predación, La agresión se define como un comportamiento que conduce a –o donde el objetivo aparente es– un ataque a la integridad física (y/o psíquica) o a la libertad de un otro individuo movimientos impredecibles o poco controlables por el cuidador, etc.).
La peligrosidad es una noción antropocéntrica, necesaria para el respeto de la seguridad pública y privada. La peligrosidad de un perro puede ser evaluada con atención a cada especie animal que el perro amenace: el ganado vacuno, las aves de corral, los animales de compañía, los humanos ¡y los otros perros !

La maldad es un término antropomórfico muy incómodo de utilizar, puesto que implica una intención de rencor, una noción ésta difícil de admitir con referencia a los perros a razón de sus niveles de inteligencia, así como de nuestro insuficiente conocimiento de sus motivaciones.

La dominancia se define como la capacidad para obtener privilegios y de defenderlos. Se observa cuando el perro dominante recurre a posturas erguidas y comportamientos ritualizados ante las cuales los perros dominados se someten. Asimismo, el perro dominante puede recurrir a comportamientos de agresión definidos como competitivos o jerárquicos.

La desobediencia es el rechazo a obedecer las órdenes que el perro entiende, ve y comprende, y a las cuales ya ha obedecido anteriormente. La desobediencia está más ligada a problemas de motivación y técnicos que a cualquier estatus social. Un perro dominante obedece muy bien, si las consecuencias de su comportamiento le son favorables.

La aserción, o afirmación de sí mismo, se define como una manifestación de deseos, necesidades y opiniones sin agredir a los demás. Dentro de la aserción, no existen expresiones de emociones de cólera o de miedo. Ante un conflicto, el individuo asertivo elabora soluciones y compromisos que permiten que cada uno gane algún beneficio (dos ganadores) mientras que el agresivo gana en detrimento de su adversario (un ganador y un perdedor). Dentro de los comportamientos asertivos, nos encontramos con posturas erguidas y gruñidos (rugidos) sin evidenciar las armas (los dientes), es decir, manteniendo una expresión llana.

Añadiremos a esta lista algunas definiciones suplementarias :

El apaciguamiento es la capacidad para impedir o desviar (disuadir) la agresión del congénere antes de la fase de ataque a través del empleo de posturas mímicas y rituales no agresivos. El apaciguamiento permite evitar el ataque.

La ruptura del contacto es un apaciguamiento frente a una amenaza expresada por un congénere mediante mantenimiento de una postura asertiva y desvío de la mirada y de la muestra o exposición de las armas (el perro gira la cabeza sin modificar su postura corporal, que generalmente permanece estable).

La sumisión es la capacidad de parar la agresión de un congénere durante el ataque y evitar mordiscos graves empleando posturas mímicas y rituales no agresivos.

Generalmente las armas (los dientes) son ocultadas. Las partes corporales vulnerables son expuestas y el animal vencido, que se somete, permanece inmóvil. La posición típica del perro que se somete es supina, mostrando el abdomen y exponiendo el cuello por su parte ventral al adversario, con la mirada alejada y los miembros posteriores ligeramente abiertos. Posturas de dominancia (alta) y de sumisión (baja)

¿Agresión o caza ?

¿Se puede hablar de agresión cuando la víctima del perro es un conejo o una perdiz ?

Se habla entonces, de comportamiento de caza. Los autores debaten para determinar si la caza es una clase de agresión o no lo es. Para la simplicidad y congruencia de mi discurso, considero la caza como una agresión de predación, con sus secuencias particulares. Efectivamente, como veremos, hay casos donde los perros recurren a agresiones del tipo de predación o predativas hacia el ser humano u otros perros.

¿Un grupo social de perros y de humanos ?

Otra razón de discusión entre científicos será saber si el ser humano y el perro forman una manada. La sugerencia que expongo en “Mon chien est-il dominant ? (Le Jour, éditeur) es que sí que ocurre así.

Me refiero al concepto de familia-manada y, desde allí, de las agresiones ocasionadas por los perros hacia los humanos, que son a menudo comparables a las que acontecen entre perros. Las secuencias pueden variar, pero las definiciones permanecen válidas. Si se rechaza esta hipótesis será necesario inventar nuevas definiciones. "

LA LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA

Tomado de Campus Informa:




"El martes 4 de marzo en horas de la mañana en el Auditorio Jorge Roa Martínez de la Universidad Tecnológica de Pereira, se realizó el Foro de la Lección Inaugural: Ley de Infancia y Adolescencia, en el que estuvieron presentes alrededor de 300 personas, entre estudiantes de la Licenciatura, madres comunitarias de la ciudad y profesores de preescolar y básica primaria.

“Ya que el programa es de Licenciatura en Pedagogía Infantil, se espera que las estudiantes conozcan y sepan aplicar la Ley de Infancia y Adolescencia que tiene que ver con su desempeño profesional en el nivel de preescolar y básica primaria”, expresó acerca del objetivo del evento la Directora de la Licenciatura en Pedagogía Infantil, Myriam Ruíz Tibaná.Las ponencias realizadas en la Lección Inaugural, estuvieron a cargo de la Dra. Patricia Trejos, Delegada del ICBF; en representación de la Secretaría de Educación de Risaralda, Dra. Sandra Botero y el Dr. Guillermo Anibal Gartner, Director del Observatorio del Délito y Derechos Humanos y Docente de la UTP.La Directora de la Licenciatura Myriam Ruíz, explicó “que el tema es importante porque la infancia y la adolescencia son responsabilidad de todos, que todos asumamos la responsabilidad social que nos corresponde y protejamos la infancia”, agregó “esperamos que las futuras profesionales en educación de pedagogía infantil protejan y hagan proteger en los ámbitos que les corresponde a la infancia”.
(texto anterior e imágen siguiente tomados de Campus Informa: http://www.utp.edu.co/)




LA BICICLETA DE JAIMITO, VUELVE Y JUEGA
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Invitado por la Facultad de Educación participé en la jornada académica para dar inicio al programa de la Licenciaturia en Pedagogía Infantil, y en esta oportunidad insistí en no caer en el embeleco de creer que, por haber comenzado a regir la ley de infancia y adolescencia, la dramática situación de niños y jóvenes en Colombia ha de cambiar como efecto de la mencionada normatividad. No lo expuse de manera explicita pero si pasó por mi mente lo que años atrás manifesté en relación con la puesta en vigor de la iniciativa de justicia de paz o justicia en equidad (ley 497 de 199) y que, guardadas las proporciones, seria aplicable al nuevo estatuto. Reproduzco entonces la guía de la intervención que hice en el mismo auditorio Jorge Roa Martínez el 25 de mayo de 2005:



Guía para una exposición
Guillermo Aníbal Gärtner Tobón
Departamento de Humanidades e Idiomas
Observatorio de la Convivencia, Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos.
Simposio JUSTICIA PARA LA PAZ
Auditorio Jorge Roa Martinez - Universidad Tecnológica de Pereira



Reto para las humanidades: la bicicleta de Jaimito[i].


La justicia como "equidad" no es una simple consecuencia del utilitarismo: en efecto, como rezan sus dos principios, apunta primero que todo a la igualdad de libertades civiles y políticas, y luego a la equidad en relación con los bienes primarios y con las oportunidades materiales y sociales. Con respecto a éstas últimas juegan un papel determinante la educación y el fortalecimiento de la dimensión cultural de la sociedad” (Guillermo Hoyos Vásquez. Virtualidades de una economía ética).


En un trabajo exploratorio sobre la violencia y criminalidad en el Departamento de Risaralda[ii] entregado al Ministerio de Justicia y del Derecho al terminar el año de 1998, planteamos a manera de propuesta la refundación del contrato social con base en los valores de la Constitución de 1991.

La explicación propuesta frente a lo observado se sintetizó en tres conceptos:

a) pobreza
b) exclusión
c) anomia

Trilogía resumible en la ausencia de justicia como equidad en el sentido expresado por el profesor Guillermo Hoyos citado: equidad en relacion con los bienes primarios y con las oportunidades materiales y sociales. Entre esos bienes pensamos el de la seguridad la cual la hemos entendido como derecho humano fundamental.

Bajo tales consideraciones propusimos entonces:

“Recomendaciones para una Política Regional de Prevención de la Violencia y la Criminalidad

Consideramos que un buen marco de referencia lo constituye la construcción del estado social de derecho, esbozado en la Constitución de 1991. Bajo esas circunstancias y como se ha afirmado en varios foros internacionales, la consecuencia más espectacular del agotamiento del Estado benefactor es, en todos los países industriales, la disminución de la protección social y el aumento de la precariedad, en lo que algunos analistas ven el signo de la ruptura del contrato social sobre el cual se edificaba el desarrollo contemporáneo de las sociedades europeas.

Es bueno aclarar que, en nuestros países, el Estado benefactor, en la práctica, es más una entelequia que una realidad, pues realmente ni el Estado colombiano ni la instancia de gobierno departamental en Risaralda, disponen de estructuras ni de recursos que le permitan ser un Estado protector, siendo así que la falta o la insuficiencia de políticas sociales se explica, en buena parte, por el incipiente, embrionario puede decirse, carácter de la construcción estatal que se ve seriamente o afectado por la privatización de las funciones públicas, traducible en e! remozamiento de las prácticas clientelistas.

Pensamos que, dado el carácter social y político de la criminalidad y en el marco referencia que venimos aplicando, se trataría de motivar y lograr la participación todos los colombianos y de los risaraldenses en particular, para la "refundación un contrato social sobre bases nuevas", definidas en la Constitución de 1991

La propuesta de líneas de prevención derivada de lo consignado en este escrito resume en poner en práctica acciones de pedagogía social (instrucción política constitucional y ética) y mecanismos e incentivos de participación comunitaria; social, en general.

Mediante esos lineamientos podrían desarrollarse nuevas formas de asociación entre los agentes sociales, que puedan paliar las carencias del Estado y dar finalmente un contenido concreto a la democracia municipal.” (Ministerio de Justicia. 1998).

Hoy, mayo de 2005, podemos mantener nuestro propuesta enriquecida gracias al seguimiento de dichos fenómenos desde la perspectiva del OBSERVATORIO DE LA CONVIVENCIA, SEGURIDAD CIUDADANA Y DERECHOS HUMANOS, y uno de sus logros prohijados por el Gobierno Departamental: El Observatorio Departamental del Delito (Convivencia, Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos.)

Enriquecida no por el manejo de los datos o registros de los fenómenos de violencia y criminalidad, sino también por el examen de propuestas e iniciativas nacionales que bien podemos afirmar vienen “como anillo al dedo” a nuestra propia identidad como instancia académica propositiva en materia de convivencia.

No siendo únicas ni excluyentes, son tres las experiencias que en esta oportunidad vale la pena resaltar:

a) El explicito compromiso del sector académico con los campos que definen el quehacer del Observatorio,

b) La interacción entre la academia y las instancias gubernamentales y no gubernamentales (organizaciones y comunidades)

c) Propuestas y acciones concretas que vinculan a los actores sociales en este campo de intereses para mejorar la calidad de vida superando formas de violencia y criminalidad, tal entre otras, los Jueces de Paz.

En relación con lo anterior no resulto difícil entender y desear sumarnos como fuerza más de apoyo a la propuesta que hoy se presenta en este auditorio de la Universidad Tecnológica de Pereira.

No tratándose de inventar el agua tibia ni de posar con arrogancia de “descubridores” frente o desde construcciones que tienen naturaleza colectiva y social, que no son exclusivas de presuntos o reales genios trepados en una torre de marfil, reconociendo si el esfuerzo de quienes con autoridad que les otorga no el papel sino su practica en la producción de saberes, me permito apropiar para la reflexión que hoy nos compromete, los siguientes apuntes tomados del documento “Jueces de paz en Colombia. De la norma a la realidad” de Edgar Augusto Ardila Amaya, datado el sábado 18 de diciembre de 1999.

Cambiando el orden de los párrafos de acuerdo a lo conviene resaltar ahora, transcribo y comento cuando así parece pertinente, las siguientes afirmaciones:

Entendiendo el sentido de los Jueces de Paz.

a) “De acuerdo con la ley, los Jueces de Paz, son actores comunitarios que desempeñan una labor de manejo de conflictos individuales y colectivos de manera autónoma frente al aparato estatal y en particular frente al conjunto de la Rama Jurisdiccional. Esto puede leerse en los siguientes elementos consagrados en el estatuto legal: (1) Los JP no están sometidos a las opiniones o las indicaciones que haga funcionario alguno. (2) Sus decisiones no están sujetas a confirmación o validación parte de los jueces ordinarios y menos de empleados administrativos.

b) Ello no significa que el juez de paz sea una rueda suelta ni que pueda obrar arbitrariamente. Está sometido a dos tipos de controles: los comunitarios y los estatales. Por el contrario, el JP está sujeto a controles estatales y comunitarios. (1) La comunidad mediante el régimen electoral puede descartar a las personas que a su juicio no reúnen las calidades para serlo [1] o hayan tenido un desempeño no aceptable. (2) Por tratarse de competencia dispensada las partes pueden dejar de acudir a un juez que no goce de la aceptación comunitaria. Pero también está sometido a controles de órganos estatales como el Consejo Superior de la Judicatura y la procuraduría que deben buscar que su labor se enmarque dentro de los límites definidos en la ley. Está por definirse caminos que hagan que estos controles favorezcan la autonomía comunitaria, en lugar de menoscabarla.”

c) “Al hacer un análisis de la ley 497 de 1999, definimos al Juez de Paz colombiano como un actor comunitario cuya finalidad es contribuir con autonomía en la solución integral de los conflictos comunitarios, actuando con criterio de equidad sobre los casos en que las partes le solicitan su intervención. En tal sentido podemos decir que la figura tiene cuatro elementos principales.”

d) “Corresponderá tomar perspectivas no jurídicas del conflicto que pueden estar en la base de él; tal como ocurre con aspectos de orden afectivo, cultural o religioso. (iii) El tratamiento que se dé al conflicto debe favorecer la armonía comunitaria, al punto que el Juez tiene facultades para facilitar la intervención de todos los afectados por una controversia.”

Justicia en Equidad: saber hacer:

a) “... Se trata de alcanzar mínimamente una serie de resultados. En primer lugar se trata de que los Municipios y sus comunidades entiendan el sentido de la figura. En segundo lugar, de que se haga una elección acorde con él. También, de que quienes vayan a ser los Jueces de Paz sepan hacer su trabajo. Finalmente, de que la comunidad acuda a ellos. Si falta alguno de estos resultados es casi seguro que la figura fracasará en el respectivo municipio. Por eso tendrá que tenerse mucho cuidado en la definición y la ejecución de las acciones que conduzcan a ellos. Para hacerlo de la mejor manera es necesario beber de la historia.”

b) “Hoy tenemos al frente un gigante reto. Muchos hemos visto la figura como una herramienta fundamental para la construcción de la paz, el tratamiento pacífico de los conflictos y el desarrollo autónomo de las comunidades. Gústenos o no, la consolidación o el fracaso de la figura ahora tiene un condicionante temporal.”

El papel de las humanidades: mas alla de la norma positiva la comprensión del ser.

a) “Todo ello porque, aun cuando con frecuencia podrá tomar cartas en otros asuntos, el escenario principal para la labor del Juez de Paz se dirige a desatar una complejidad de factores que determinan los conflictos en aquellas relaciones que trascienden ampliamente el objeto inmediato y visible del conflicto. Es en esos escenarios donde los sentimientos suelen ser más intensos y las susceptibilidades mayores. Allí es donde tendrá que obrar para tratar de recomponer los vínculos averiados.”

b) “La equidad es la principal herramienta de la que dispone el Juez de Paz en su labor. Suele definirse como el "justo comunitario" o el "justo local". Se trata de la posibilidad de tomar decisiones que omitan los marcos jurídicos en busca de una solución justa en el contexto comunitario en el que se aplica.”

Retorno a la propuesta kantiana, una consigna para los jueces de paz y las comunidades:

SAPERE AUDE!




Mayo 25 de 2005

[i] La bicicleta de Jaimito en el contexto del cual nos ocupamos es tomada como referencia por Ardila Amaya de Ricardo Serrano (Profesor de la Universidad Nacional) en los siguientes terminos: Ricardo Serrano [5] suele recoger la comedia mejicana del "Chavo del Ocho" para referirse a ciertas herramientas que se proporcionan a la comunidad. Recuerda que a Jaimito, el viejo cartero, le dieron una bicicleta para facilitarle el trabajo. Pero él no sabe manejarla. Así, las cosas se le han dificultado porque ahora debe cargar su bicicleta en un hombro además de que en el otro lleva la maleta de sobres. Una herramienta que no se puede manejar en la comunidad sería, entonces, más una carga que un alivio.

[ii] "CRIMINALIDAD EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA" Una aproximación teniendo como referencia el año de 1996 GUILLERMO ANÍBAL GÄRTNER TOBÓN, JOSÉ WILLIAM MARTÍNEZ, MARÍA VICTORIA ESCOBAR, LIDA VEGA, DIANA YANETH OSORIO B, JOHN JAIRO ACOSTA B, RUTH ELENA GÓMEZ, KEVIN MARTÍNEZ. La Prevención del Delito. Una responsabilidad Compartida. Ministerio de Justicia y del Derecho, Santafé de Bogota, 1988.








domingo, 2 de marzo de 2008

PERSECUCIÓN EN CALIENTE

"La guerra no es solamente campo de acción de una fuerza y el poder militar no se mide únicamente por la calidad de sus armas. En la guerra se enfrentan dos grados de moral, la propia y la del enemigo, así como la inteligencia de los conductores. La Historia nos comprueba con miles de ejemplos cómo una fuerza física considerable, pero sin moral y sin la capacidad intelectiva de sus Jefes, fue a los fracasos más estruendosos, dejándonos lecciones que nos obligan a balancear adecuadamente lo físico, con lo moral y lo intelectual. (Coronel (r) Ramón Ordoñez Castillo. Historia Militar.EMC)"
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El verbo se hizo carne y se manifestó en la frontera ecuatoriana.


El concepto "persecución en caliente" ha cobrado especial resonancia en la última década y precisamente en relación a la guerra contra las FARC-EP.

La idea tiene su historia cuando fué puesta en práctica por el Ejército de Estados Unidos en Vietnam entonces llamándola "Search & Destroy" contra unidades vietnamitas que cruzaban las fronteras de Laos y Camboya después de atacar a escuadras norteamericanas.

En nuestro teatro de guerra el asunto es claro y no es nuevo hablar de las fuerzas insurgentes y contrainsurgentes (y no solamente ellas) que han permeado las fronteras Venezuela-Colombia-Peru-Ecuador-Brasil.






(http://www.elgrancapitan.org/foro/viewtopic.php?t=13599&sid=9e3e7172f6be698d657918b33ab3e039)

La reciente operación cumplida por las fuerzas militares colombianas y que produjó la muerte de Raúl Reyes, evidencia una decisión de Estado (del régimen que gobierna el Estado colombiano) de poner en práctica dicho "principio" sin considerar otros efectos. Las reacciones del presidente venezolano y las del nicaragüense no deben tomarse como puramente emocionales sino como la advertencia que dos veteranos militares (con formación y experiencia militar) hacen al político guerrerista embriagado por lo que no dudaría en denominar una "victoria pírrica" que sus extasiados adlateres en su alucinación perciben como "haber ganado la guerra".

La guerra si bien puede hacerse a la loca y así ha sido practicada, ella tiene su DIALÉCTICA INTERNA, sus propias leyes y principios. Como bien se ha expresado: "Conocer los principios de la guerra no es suficiente para vencer; pero ignorarlos en cambio, es bastante para ser derrocado".

Frente a la operación cumplida y presentada en los medios como si se tratase del non plus ultra de quehacer político-militar colombiano en los últimos 50 años, quien tenga una mínima información y formación político-castrense ha de preguntarse mas allá de lo que puede manifestar el ciudadano que morbosamente consigna su pasión a continuación de las notas periodisticas y cuya lectura provoca cierta desconsolación por la deplorable condición del alma de muchos colombianos que parecen ver el drama de la guerra como quien asiste a una función circense.
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En lo que mas que una acción militar exitosa parece una acción de aniquilamiento de cuestionables resultados, se justifica la pregunta: ¿cómo se cumplieron los principios de la guerra?

principio del objetivo
principio de masa
economía de fuerzas
unidad de mando

ofensiva
sorpresa


Sugerencia para entender esto de la persecución en caliente y tener algunos elementos más de información sobre la compleja y riesgosa por no decir "azarosa" situación en que nos encontramos los habitantes de estos paises trasversalizados por una trinidad poco santa: tres personas distintas y una sola guerra verdadera, es la lectura de opiniones calificadas como las que bajo el titulo: Venezuela y la guerrilla colombiana, encontramos en el siguiente sitio o foro:




Todo lo expresado hasta esta línea no sobrepasa la especulación a partir de algunos indicios, datos o registros históricos, y una debida apreciación de lo ocurrido no podrá lograrse sin conocer la orden de operaciones de cuya ejecución se hace responsable Alvaro Uribe como comandante superior de las tropas comprometidas en la misión.

A propósito:

  • ¿Cuál era la misión?
  • ¿Qué verbos se conjugaron para establecer la responsabilidad de quien dió la orden y de quienes la ejecutaron?, ¿localizar, capturar, dar de baja?

Y, ¿el objetivo? ...