viernes, 20 de agosto de 2010

UNA PROPUESTA PARA ANALISIS POLÍTICO-CONSTITUCIONAL

 

 

"Si los pueblos no se ilustran, si no se vulgarizan sus derechos, si cada hombre no conoce lo que vale, lo que puede y lo que sabe, nuevas ilusiones sucederán a las antiguas y después de vacilar algún tiempo entre mil incertidumbres, será tal vez nuestra suerte, mudar de tiranos, sin destruir la tiranía”. (Mariano Moreno)

 

 

 

 

¿…?

 

 

No quedarse en la norma tal como está escrita, en su literalidad.


El siguiente esquema puede resultar de utilidad;  el orden en el cual se proceda dependerá de gustos, de posibilidades, de ganas de no ponerle mas trabajo al Espíritu Santo para que ilumine al interesado en ir mas allá del estar informado que el art. tal dice tal cosa. Ni prendiendo velas u algo para fumar se llegará a desarrollar competencias para comprender y sentir la Constitución Política.

 metodo 1

 

CUESTIÓN DE MÉTODO

UNA PROPUESTA PARA PROCEDER:

TEXTO DE KARL LOEWENSTEIN.

(Extracto del Capitulo V del libro Teoría de la Constitución. Editorial Ariel)

Análisis constitucional:

Clasificación ontológica de las constituciones:

Teniendo en cuenta el cambio fundamental que ha sufrido el papel de la constitución escrita en la realidad sociopolítica, se hace completamente necesario un nuevo intento de clasificación. Para evitar la palabra “existencial”, tan de moda, este nuevo análisis se llamará “ontológico”.

De acuerdo con esto, las constituciones podrán ser diferenciadas según su carácter normativo, nominal y semántico.

 

La constitución normativa

En lugar de analizar la esencia y contenido de las constituciones, el criterio del análisis ontológico radica en la concordancia de las normas constitucionales con la realidad del proceso del poder. Su punto de partida es la tesis de que una constitución escrita no funciona por sí misma una vez que haya sido adoptada por el pueblo, sino que una constitución es lo que los detentadores y destinatarios del poder hacen de ella en la práctica. En una amplia medida, la cuestión fundamental sobre si se hará realidad la conformación específica del poder prevista constitucionalmente depende del medio social y político donde la constitución tiene que valer. Cuando se implanta, sin una previa educación política, una democracia constitucional plenamente articulada en un Estado, recién liberado de la autocracia tradicional o de la tutela colonial, es casi un milagro si toma raíces inmediatamente. Para que una constitución sea viva, debe ser, por lo tanto, efectivamente vivida por destinatarios y detentadores del poder, necesitando un ambiente nacional favorable para su realización. ­La tradición autocrática en el proceso gubernamental tendrá que haberse perdido lo suficiente entre los gobernantes y los gobernados, para que el Estado constitucional tenga una faire chance de éxito. Para que una constitución sea viva, no es suficiente que sea válida en sentido jurídico. Para ser real y efectiva la constitución tendrá que ser observada lealmente por todos los interesados y tendrá que estar integrada en la sociedad estatal y ésta en ella. La constitución y la comunidad habrán tenido que pasar por una simbiosis. Solamente en este caso cabe hablar de una constitución normativa: sus normas dominan el proceso político o, a la inversa, el proceso del poder se adapta a las normas de la constitución y se somete a ellas. Para usar una expresión de la vida diaria: La constitución es como un traje que sienta bien y que se lleva realmente.

 

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La constitución nominal

El carácter normativo de una constitución no debe ser tornado corno un hecho dado y sobreentendido, sino que cada caso deberá ser confirmado por la práctica. Una constitución podrá ser jurídicamente válida, pero si la dinámica proceso político no se adapta a sus normas, la constitución carece de realidad existencial. En este caso, cabe calificar a dicha constitución de nominal. Esta situación no deberá, sin embargo, ser confundida con la conocida manifestación de una práctica constitu­cional diferente del texto constitucional. Al principio era la palabra, pero ésta cambia su significación en cuanto toma contacto con la realidad. Las constituciones no cambian tan sólo a través de enmiendas constitucionales formales, sino que están sometidas, quizás en mayor grado, a la meta­morfosis imperceptible que sufre toda norma establecida por efecto del ambiente político y las costumbres. Lo que la constitución nominal implica es que los presupuestos sociales y económicos existentes – por ejemplo, la ausencia de educación general y, en particular, la educa­ción política, la inexistencia de una clase media independiente y otros factores -en el momento actual operan contra una concordancia absoluta entre las normas institucionales y las exigencias del proceso del poder. La situación, de hecho, impide, o no permit0e por ahora, la completa integración de las normas constitucionales en la dinámica de la vida política. . Probablemente, la decisión política que condujo a promulgar la constitución, o este tipo de constitución, fue prematura. La esperanza, sin embargo, persiste, dada la buena voluntad de los detentadores y los destinatarios del poder, que tarde que temprano la realidad del proceso del poder corresponderá al modelo establecido en la constitución. La función primaria de la constitución nominal es educativa; su objetivo es, en un futuro más o menos lejano, convertirse en una constitución normativa y determinar realmente la dinámica del proceso del poder en lugar de estar sometida a ella. Y para continuar con nuestro símil: el traje cuelga durante cierto tiempo en el armario y será puesto cuando el cuerpo nacional haya crecido.

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La constitución semántica

Finalmente hay casos —que desgraciadamente están incrementando, tanto en número como por la importancia de los Estados afectados—, en los cuales, si bien la constitución será plenamente aplicada, su realidad ontológica no es sino la formalización de la existente situación del poder político en beneficio exclusivo de los detentadores del poder fácticos, que disponen del aparato coactivo del Estado. Mientras la tarea original de la constitución escrita fue limitar la concentración del poder, dando posibilidad a un libre juego de las fuerzas sociales de la comunidad dentro del cuadro constitucional, la dinámica social, bajo el tipo constitucional aquí analizado, tendrá restringida su libertad de acción políticas acción y será encauzada en la forma deseada por los detentadores del poder. La conformación del poder está congelada en beneficio de los detentadores fácticos del poder, inde­pendientemente de que éstos sean una persona individual (dictador), una junta, un comité, una asamblea o un partido. Este tipo se puede designar como constitución semántica. Si no hubiese en absoluto ninguna constitución formal, el desarrollo fáctico del proceso del poder no sería notable­mente diferente. En lugar de servir a la limitación del poder. La constitución es aquí el instrumento para estabilizar y eternizar la intervención de los dominadores fácticos de la localización del poder político. Y para continuar con el símil anterior: el traje no es en absoluto un traje, sino un disfraz.

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Apropiado lo expresado hasta este punto, podrá hacer un ejercicio pensando y escribiendo algo sobre lo que la rosa en la imágen siguiente o pueda tener como relación con la Constitución Política. No es asi de simple afirmar que la C.N. todo lo pone color de rosa, vale la pena ir un poco más alla y no será el microscopio electrónico sino el voltaje o la corriente que cada uno le ponga a su capacidad de reflexión.

 

propiedad funcion social ecologica copia

 

 

Constitución nominal

Recomendación: En la red se encuentra en textos y multimedia material en grandes cantidades para de acuerdo al nivel en que cada quien se encuentre, pueda divertirse, recreando con lo ya conocido o bien se entusiasma a avanzar hacia LO DESCONOCIDO :)

No estando familiarizado con el tema político-estatal, una información básica sobre ello se encuentra siguiendo un camino partiendo de este sitio: ¿SABES COMO ES LA ESTRUCTURA DEL ESTADO Y DEL PODER EN COLOMBIA?

Sintiéndose cinturón negro en la materia entonces, entonces esta entrada al blog sirva de estímulo para fortalecer ese ser Maestro de cada uno. Un buen ejercicio entonces será recorrer los portales de:

LA PRESIDENCIA

CORTE CONSTITUCIONAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CONGRESO SENADO

CONGRESO CAMARA

CONSEJO DE ESTADO

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

FISCALIA

CONTRALORÍA GENERAL

POLICÍA

FUERZAS MILITARES

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD

A cada quien según sus capacidades y necesidades, curiosidad y tiempo, etc. se le irán abriendo infinitos caminos.

¿Puro color puro candor?

¿De todo un poco?

¿Color de hormiga?

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