domingo, 15 de noviembre de 2009

LA SITUA … EN LA U…

 

Pensando en los hechos que se suceden en nuestra universidad y en las universidades públicas (principal pero no exclusivamente) colombianas me parece  que  valdría la pena tenerlos como oportunidad u  ocasión propicia para que estudiantes y docentes pongamos a prueba las competencias adquiridas o adquiribles en el estudio de la teoría y la realidad constitucionales.

 

Con ese propósito he propuesto a mis alumnos si libre o voluntariamente desean, realizar algunos ejercicios que ahora pienso valdría la pena despierte el interés de los padres de familia, acudientes y demás personas comprometidas en el proceso de la educación superior.


Sin mas palabras planteo así el ejercicio:

 


EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA EDUCACIÓN.

APUNTES Y DOCUMENTOS PARA PENSAR Y ACTUAR EN ESE CAMPO DEL SERVICIO PÚBLICO A LA EDUCACIÓN.

A mediados del segundo semestre 2009 se han vivido en la UTP procesos y situaciones que ameritan la lectura y relectura de las normas constitucionales vigentes (que no es lo mismo que materialmente cumplidas) sobre la educación, la universidad y los manejos del presupuesto público.


Una primera reflexión puede desatarse considerando los diferentes elementos que haciendo parte de LO CONSTITUCIONAL se indican, manifiestan o expresan en la manifestación registrada en el siguiente video del Canal de Wee2u (http://www.youtube.com/user/Wee2u) :

 

 

 


(video bajado de youtube http://www.youtube.com/watch?v=83PjFeUXVdQ
y fuente original en http://www.youtube.com/user/Wee2u)

EJERCICIO 1:


Observando cuidadosamente el video de la manifestación registrada allí: ¿Qué o cuáles conceptos de carácter constitucional se pueden identificar como “implicados” en esa acción de los estudiantes universitarios?


En el texto de la Constitución Política y usando la ventana de búsqueda identificar las normas en que se haga referencia o mencione el campo o concepto de la EDUCACIÓN. Igual procedimiento con los criterios de búsqueda EDUCACIÓN SUPERIOR y UNIVERSIDAD. Finalmente hacer el mismo ejercicio con el concepto de GASTO PÚBLICO SOCIAL.


Confrontando normas y realidad, plantee respecto a las normas identificadas, la pregunta sobre el cumplimiento de las mismas:

¿Se cumple?
¿Cómo se cumple?
¿No se cumple?
¿Qué impide su cumplimiento?
¿Qué se requiere para darle cumplimiento?
¿Qué le corresponde a Ud., para que las normas que hoy no se cumplen puedan tener cumplimiento en el presente y en el futuro?

Invito a visitar el blog de la Asamblea Estudiantil y el sitio de CAMPUS INFORMA para consultar los comunicados producidos por las autoridades de la UTP (Rector, Consejo Superior, etc.):

http://asambleautp.blogspot.com/

http://www.utp.edu.co/comunicaciones/htm/newsPublicadosHTML.php

 

 

EJERCICIO 2:


Luego de leer con buena atención los artículos que se trascriben a continuación:


ARTICULO 58. Modificado por el artículo 1 del A.L. 1 de 1999. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social.


La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.


El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.


Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa.


Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía Administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa administrativa, incluso respecto del precio.


ARTICULO 60. El Estado promoverá, de acuerdo con la ley, el acceso a la propiedad.


Cuando el Estado enajene su participación en una empresa, tomará las medidas conducentes a democratizar la titularidad de sus acciones, y ofrecerá a sus Trabajadores, a las organizaciones solidarias y de trabajadores, condiciones especiales para acceder a dicha propiedad accionaria. La ley reglamentará la materia.


ARTICULO 64. Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

Plantéese, a partir del contenido de esos artículos algunas preguntas y procure resolverlas.

 

A manera de ejemplo las siguientes preguntas:

 

¿Qué pasaría en Colombia si el art. 64 recibiera la atención del caso y se diera cumplimiento al propósito de promover el acceso a la propiedad de la tierra?
¿Se necesita o es apenas aconsejable una reforma agraria en Colombia?
¿Qué explica que al art. 58 se le mire como simple garantía de la propiedad privada pero no se considere la realización o cumplimiento de “protección y promoción” a otras formas de propiedad?
¿Qué caso conoce de aplicación reciente (después del 1991) del art. 60?
¿Le incumbe o debe interesar el tema al universitario, estudiante, docente, investigador, etc.?

 

 

ADENDO:


UNO DE LOS PROBLEMAS CLARAMENTE IDENTIFICABLES EN EL CAMPUS UNIVERSITARIO ES EL DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS Y EL CUAL AMERITA DE UNA LECTURA EN SU COMPLEJIDAD.
UN DOCUMENTO PARA EJERCITARNOS EN TORNO A LAS DROGAS Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES - DROGAS Y SEGURIDAD - LA SEGURIDAD COMO DERECHO:

 

Queda abierto el espacio para plantear preguntas, preguntas, preguntas …

 

Dos preguntas a manera de ejemplo:

 

1- Producir un conocimiento que fuera de la conjetura, las improvisaciones y explicaciones ad-hoc, permita identificar con claridad los obstáculos para el cumplimiento de los cometidos del ESTADO SOCIAL DE DERECHO concebido en la Constitución de 1991, generar recomendaciones de política pública para la construcción de ese Estado, producir propuestas pedagógicas de formación política permanente para el empoderamiento de las personas y las comunidades participando y acompañando iniciativas institucionales, estatales y no gubernamentales, de autores individuales, orientadas hacia el aseguramiento y desarrollo de los valores inherentes a ese estado y precisados en el preámbulo de la Carta política vigente, ¿es una obligación legal, un cometido ético misional, una responsabilidad de y para la Universidad?.

2- El estudio del conflicto armado interno y el estudio de la problemática social y política en relación con las llamadas “Drogas”, ¿qué prioridad tienen en o para la producción del conocimiento del cual trata la pregunta anterior?

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